¿Qué es la Renta Activa de Inserción?
La Renta Activa de Inserción (RAI) es una prestación económica del SEPE para desempleados con especiales dificultades para reincorporarse al mercado laboral. Da 80% del IPREM mensual (aproximadamente 570€/mes) durante hasta 11 meses, combinada con acciones de inserción laboral activa.
¿Quién puede pedir la RAI?
Debes pertenecer a uno de estos colectivos:
- Desempleados de larga duración mayores de 45 años que hayan agotado prestaciones o subsidios
- Personas con discapacidad reconocida igual o superior al 33%
- Víctimas de violencia de género o doméstica (en situación de desempleo)
- Emigrantes retornados mayores de 45 años
Además, en todos los casos debes:
- Haber agotado la prestación contributiva o el subsidio de desempleo (o no tener derecho a ellos)
- No tener rentas propias superiores al 75% del SMI
- Estar inscrito como demandante de empleo durante al menos 12 meses en los últimos 18
- No haber rechazado ninguna oferta de empleo adecuada sin causa justificada
¿Cuánto tiempo se cobra la RAI?
- Hasta 11 meses por cada concesión
- Se puede renovar un máximo de 3 veces (total: hasta 33 meses en toda la vida laboral)
- Las víctimas de violencia de género pueden acceder sin limitación de renovaciones en algunos casos
Cómo solicitar la RAI en el SEPE
- Accede a sepe.es → Personas → Prestaciones → Renta Activa de Inserción
- Plazo para solicitarla: dentro de los 15 días hábiles siguientes al agotamiento de tu prestación o subsidio anterior. Si presentas fuera de plazo, perderás los días previos a la solicitud.
- Documentación: DNI, acreditación de pertenencia al colectivo (certificado de discapacidad, resolución judicial de violencia de género, etc.), IBAN bancario, vida laboral.
- Compromiso de actividad: firmarás un acuerdo de activación en el que te comprometes a buscar empleo activamente y participar en las acciones que te proponga el SEPE.
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Renta Activa de Inserción (RAI)
Ayuda de 480€/mes durante 11 meses para desempleados de larga duración mayores de 45 años que han agotado todas las prestaciones por desempleo y no tienen ingresos. Incluye cotización a la Seguridad Social durante el cobro, lo que suma tiempo para la futura pensión.
Subsidio por Desempleo para Mayores de 52 Años
Subsidio mensual para personas mayores de 52 años que han agotado la prestación contributiva.
Prestación Contributiva por Desempleo (el Paro)
Si has cotizado suficiente tiempo y te quedas en paro, cobras entre el 60% y el 70% de tu base reguladora durante un tiempo proporcional a lo cotizado (mínimo 4 meses, máximo 2 años). Es la prestación básica por desempleo para trabajadores por cuenta ajena. Solicítala en los 15 días hábiles siguientes a dejar de trabajar.
Subsidio por Desempleo
Para personas que han agotado el paro o que no tienen derecho a la prestación contributiva. Cubre situaciones como responsabilidades familiares, mayores de 45 años o haber agotado la prestación. Importe: 80% del IPREM mensual.
Fuentes consultadas y verificación
Este artículo ha sido redactado y verificado por el equipo editorial de MisAyudas contrastando la información con fuentes oficiales del gobierno español.
- Servicio Público de Empleo Estatal (sepe.es)
- Seguridad Social (seg-social.es)
- Boletín Oficial del Estado (boe.es)