1 autonómicas + 22 estatales
Las ayudas para personas con discapacidad disponibles en Madrid: las propias de tu comunidad y las estatales que también puedes pedir. Regístrate gratis para ver cuáles te corresponden.
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Si contratas legalmente a una cuidadora para una persona mayor dependiente o con discapacidad, puedes deducir parte del gasto en tu IRPF. El importe máximo es de 4.000 euros anuales, pero varía según la comunidad autónoma.
Subsidio mensual para personas con discapacidad mayor del 65% que no pueden trabajar y tienen pocos ingresos.
Ayuda mensual para personas con discapacidad con graves dificultades para usar el transporte público.
Ayuda económica para personas con dependencia sin plaza pública para pagar una residencia privada.
Ayudas complementarias para estudiantes con discapacidad, necesidades educativas especiales o en riesgo de exclusión social. Cubre gastos de educación especial y apoyo académico. Incompatible con la beca general.
Acuerdo que permite que el cuidador familiar cotice a la Seguridad Social sin pagar cuotas. El Estado asume el coste de las cotizaciones para que el cuidador pueda tener derechos a jubilación, incapacidad permanente y otras prestaciones como si trabajara.
Pensión mensual para personas que no pueden ejercer ningún trabajo por enfermedad o accidente grave.
Financiación total o parcial de prótesis, sillas de ruedas, audífonos y otros productos de apoyo para personas con discapacidad.
Reducción de impuestos en la declaración de la renta si tienes a cargo un ascendiente mayor de 65 años dependiente o con discapacidad. Puedes deducir hasta 1.400 euros anuales si el ascendiente tiene más de 75 años.
Es un incremento adicional del 22% sobre la cuantía del IMV para beneficiarios con discapacidad reconocida igual o superior al 65%, gran invalidez, incapacidad permanente absoluta o dependencia grado 3. Se suma a los demás complementos aplicables.
Prestación económica para familias que tienen a su cargo hijos mayores de 18 años con un grado de discapacidad igual o superior al 65%. No requiere haber cotizado a la Seguridad Social y es compatible con otras prestaciones.
Complemento adicional del 50% sobre la pensión no contributiva de incapacidad para personas con discapacidad igual o superior al 75% que necesitan ayuda de otra persona para realizar los actos esenciales de la vida diaria.
Las personas con pensión no contributiva de incapacidad pueden compatibilizar durante 4 años el cobro de la pensión con ingresos de trabajo, siempre que la suma de ambos no supere el límite establecido. Permite la integración laboral sin perder la protección.
Ayuda económica anual para padres e hijos a cargo con discapacidad igual o superior al 65% (hasta 75%). Se actualiza cada año. Para familias con menores discapacitados que viven bajo el mismo techo.
Bonificaciones en la Seguridad Social para empresas que contraten a personas con discapacidad reconocida.
Inserción laboral en empresa ordinaria con apoyo de un preparador laboral para personas con discapacidad.
Ayudas destinadas a alumnado que requiera apoyos y atenciones educativas específicas derivadas de discapacidad, trastornos graves de conducta, trastornos graves de comunicación y lenguaje, TDAH, o Trastorno del espectro autista (TEA). Cubren costes de servicios especializados como transporte, residencia, reeducación, etc.
Programas de apoyo integral para cuidadores: vacaciones de hasta 15 días anuales con sustitución profesional gratuita, acceso a formación especializada, programas de apoyo psicológico y servicios de teleasistencia. Varía según la comunidad autónoma.
Bonificación especial para autónomos con discapacidad ≥33%, víctimas de violencia de género o terrorismo. Ofrece 24 meses de cuota reducida de 80€ (en lugar de 12) y posibilidad de prórroga por 36 meses más a 160€ si se mantienen rendimientos inferiores al SMI. Solicitarla al darse de alta es fundamental.
Tarjeta gratuita que permite aparcar en zonas reservadas y obtener beneficios en el transporte.
Reducción de hasta 9.000€ anuales en el IRPF para personas con discapacidad reconocida.
Para personas con discapacidad igual o superior al 65% que no han cotizado suficiente a la Seguridad Social o no tienen ingresos. No hace falta haber trabajado nunca para solicitarla.
Pensión para personas que necesitan ayuda de otra persona para los actos más básicos de la vida diaria.
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