Pensión para quienes cotizaron al antiguo Seguro de Vejez e Invalidez y no tienen derecho a pensión contributiva actual. Es una prestación residual del sistema anterior a la Seguridad Social actual, con cuantías fijas establecidas anualmente.
Dirígete a cualquiera de los centros de atención e información del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) o, si eres trabajador del mar, a las direcciones provinciales o locales del Instituto Social de la Marina (ISM)
Cumplimenta el modelo de solicitud correspondiente a tu tipo de pensión (vejez, invalidez o viudedad)
Presenta la documentación requerida junto con el formulario
Para vejez, presenta la solicitud dentro de los 30 días siguientes al cumplimiento de los 65 años
El INSS/ISM procesará tu solicitud y te notificará la resolución
El trámite se realiza directamente con el organismo público competente.
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