Permite al cuidador familiar cotizar en la Seguridad Social sin pagar cuota alguna. El Estado asume el coste de las cotizaciones, generando derechos de jubilación, incapacidad permanente y prestaciones de supervivencia. Complementa la prestación económica anterior.
Asegúrate de que tienes reconocida la prestación económica de dependencia como cuidador
Verifica que no estás dado de alta en la Seguridad Social a tiempo completo ni en desempleo
Descarga o solicita el formulario TA-0040 de alta en convenio especial
Completa el formulario con tus datos y los del dependiente
Presenta la solicitud en la oficina provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social o a través de la sede electrónica con certificado digital
Recibirás confirmación de alta y comenzarás a generar derechos de cotización desde la fecha indicada
El trámite se realiza directamente con el organismo público competente.
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